ARTICULO

LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO

Lic. Nayely Estela Ramos García, José Mauro Campos Almazán,
Mtra. María Antonia Aguilar Cortés
Departamento de Relaciones Laborales

Una licencia laboral es la autorización de la dependencia laboral para que el/la trabajador(a) de base se ausente de su área de trabajo por un tiempo determinado ante circunstancias particulares.

En el INPer, dentro del rubro de Licencias laborales se encuentran cuatro tipos:

La licencia con goce de sueldo es la prestación concedida al personal de base del Instituto la cual consiste en ausentarse de sus labores, en días naturales, gozando de su sueldo. Esta licencia se podrá autorizar al interesado, cuando este justifique circunstancias especiales, sometiéndose a juicio del Instituto y con mediación del SUTINPer según sea el caso y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, fracción VIII inciso E) de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La licencia con goce de sueldo se autoriza bajo las siguientes circunstancias:

  • Por circunstancias especiales que manifieste el/la trabajador(a) presentando la documentación que lo justifique.
  • En casos de fuerza mayor donde el/la trabajador(a) se responsabiliza para realizar el trámite correspondiente de la Licencia con Goce de Sueldo días posteriores al suceso.
  • En caso de contar con el tiempo previsto de algún incidente, el/la trabajador(a) deberá realizar el trámite con cinco días de anticipación.

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